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El alcohol en Donostia San Sebastián

Publicado el 22 de febrero de 2019.

El alcohol en Donostia San Sebastián

Don Mariano Zuaznavar y Arrascaeta alcalde de esta ciudad, hago saber:

Que el tristísimo aspecto que ofrece la población, singularmente las vísperas de fiestas y los días festivos, a causa del abuso de las bebidas alcohólicas a que muchos se entregan, me mueven a dirigirme al vecindario desde el cargo que inmerecidamente ocupo, como lo hice en la modesta esfera de acción de lucha antialcohólica hace ya años, en la tribuna y en la prensa, en todas cuantas ocasiones se me ofrecieron.

El alcoholismo, que presta a la tuberculosis su más decidido apoyo, que degrada la condición humana, es un enemigo poderoso al cual hay que destruir empleando todos cuantos medios puedan utilizarse.

Un digno antecesor, el Excmo. Señor don José de Elosegui, dictó en el año 1903 prescripciones acertadísimas, cuyo recuerdo es el mejor elogio que de ellas pude hacerse.
En consecuencia, las doy por reproducidas, conminando a los agentes a su más exacto cumplimiento, invitando al vecindario a que coadyuve a esta acción antialcohólica y disponiendo además, lo siguiente:
Primero.- Los dueños y empresarios de los establecimientos destinados a dar de comer o beber, y de las llamadas Sociedades de recreo en que se expendan bebidas, de cuyos establecimientos y centros saliese una persona embriagada, incurrirán en la multa de treinta pesetas, por la primera vez; cuarenta pesetas por la segunda y cincuenta pesetas por la tercera, clausurando además el establecimientos o sociedad. Los denunciantes percibirán la mitad de la multa impuesta.

Segundo.- En todo establecimiento de bebidas, que haya sido multado, se fijará un cartel de dimensiones adecuadas, en el cual se hará constar la imposición de la multa y el motivo de la misma, sin perjuicio de que en cada caso, por los agentes de mi autoridad, haciendo uso de la preceptuado en la R.O. de 23 de Diciembre de 1895, se obtenga triple muestra, en botellas selladas, de los líquidos que se expendieren en el establecimiento multado, para su análisis en el Laboratorio Municipal, por si procediera perseguir criminalmente al dueño del establecimiento, a tenor de los dispuesto en los artículos 356 y 595 del Código penal.

Tercero.- Todo embriagado que sea conducido a la Inspección Municipal, habrá de ser sometido a un reconocimiento médico, tratándose convenientemente su estado alcohólico. El facultativo que le asistiere extenderá por duplicado, una certificación, cuyos ejemplares serán entregados por los agentes de mi autoridad, bajo su responsabilidad más estricta y previa firma de un recibo, a los padres o guardadores del beodo; a su patronos o directores del Centro cultural a que asista y a esta Alcaldía. Los honorarios se los señores facultativos serán satisfechos por el embriagado y en caso de insolvencia por el dueño del establecimiento de donde salió alcoholizado.

Cuarto.- En todo centro docente dependiente del Municipio, su director o jefe cuidará de que todos los meses se dé una conferencia pública en la que, con brevedad y sencillez, se expongan a la consideración de los yentes los peligros y consecuencias fatales de la intemperancia; repartiéndose hojas impresas que contengan máximas antialcohólicas.

¡Donostiarras!

Coadyuvad todos, con vuestra cultura y percatándoos de los cruentos males que los excesos alcohólicos acarrean al individuo, a la familia y a la sociedad. Es imprescindible que desaparezca de esta población “a la que se tiene por modelo”, ese tristísimo espectáculo que ofrecen los degenerados por el alcohol, paseando por las calles su degradante vicio.

Os lo pide con todo encarecimiento vuestro alcalde,
Mariano Zuaznavar

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